¿Es legal la marihuana en España?

El cannabis no es del todo legal en España, pero tampoco está del todo prohibido. Lo decisivo es dónde lo posees o lo consumes.

Si consumes cannabis en tu propia casa, por lo general no te expones a ninguna sanción. Los clubes de cannabis son otra cuestión: no existe ningún registro que los haga lícitos y el Tribunal Supremo ha declarado que el cultivo y la distribución organizados por un club constituyen delito (ver más abajo). En cambio, la posesión o el consumo en la vía pública son una infracción administrativa conforme a la Ley Orgánica 4/2015. Por ello pueden imponerse multas de €601 a €30,000.

No hay pena de prisión por el consumo personal. Solo se convierte en delito cuando la posesión o el cultivo indican que el cannabis está destinado a la venta o al tráfico.

  • En casa: poseer y consumir cannabis entre tus cuatro paredes no es delito. Los tribunales españoles consideran que el consumo privado y personal no tiene por qué perseguirse, siempre que no se perjudique a nadie más.
  • En público: quien posee o consume cannabis en la calle o en otros lugares públicos comete una infracción grave conforme al artículo 36.16 de la Ley Orgánica 4/2015. La policía puede imponer la multa directamente, sin necesidad de un procedimiento judicial.
  • Clubes sociales: los Cannabis Social Clubs están tolerados en algunos sitios, pero no son legales. Se trata de asociaciones privadas sin ánimo de lucro en las que socios adultos cultivan y consumen cannabis en común, sobre todo en Cataluña y el País Vasco.

No existe ningún régimen de autorización para ellos en ninguna parte de España y registrar una asociación no confiere protección alguna. En la STS 484/2015 (Pleno de la Sala de lo Penal, 7 de septiembre de 2015) y de nuevo en la STS 698/2016, el Tribunal Supremo declaró que el cultivo y la distribución organizados e institucionalizados por una asociación cannábica constituyen delito conforme al artículo 368 del Código Penal, y que la creencia de los socios de que el club era lícito no les sirve de defensa. El Tribunal Constitucional también anuló la ley catalana de clubes de cannabis. Algunas asociaciones pequeñas y cerradas siguen tolerándose en la práctica, pero eso es discrecionalidad en la aplicación de la ley, no un derecho.

¿Existe una cantidad máxima permitida?

No. La ley española no fija un límite de gramos concreto para el consumo personal.

Cuando la policía incauta cannabis, los tribunales valoran la cantidad frente a los valores de referencia del Instituto Nacional de Toxicología para determinar si apunta al consumo propio o al tráfico.

Se suele citar un umbral de unos 100 gramos de flor seca (y unos 25 gramos de hachís). Procede de un acuerdo no vinculante del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 19 de octubre de 2001, que aplica las tablas de toxicología como el equivalente a unos cinco días de consumo medio. No está recogido en la ley y no es un puerto seguro: una báscula, el envasado, el dinero en efectivo o los mensajes pueden llevar a un tribunal a apreciar tráfico muy por debajo de esa cifra.

Situación Base legal Consecuencia
Consumo o posesión en el domicilio No es delito Sin sanción
Consumo o posesión en la vía pública Ley Orgánica 4/2015, Art. 36.16 Multa de €601 a €30,000
Cultivo o posesión con sospecha de tráfico de drogas Código Penal, Art. 368 De 1 a 3 años de prisión, más en casos graves
Conducir bajo los efectos de las drogas Ley sobre Tráfico Multa y medidas sobre el permiso de conducir

¿Y qué pasa con el CBD?

Al CBD y al THC se les aplican normas distintas.

España permite el cultivo de las variedades de cáñamo autorizadas en la UE. La cifra del 0,3 % de THC es el umbral agrícola europeo vigente desde el 1 de enero de 2023; las instrucciones agrícolas españolas siguen refiriéndose al 0,2 % para algunos fines. Lo importante es otra cosa: cultivar cáñamo para fibra o grano no requiere autorización, pero cultivarlo para obtener CBD o extractos de cannabinoides de la flor exige la autorización de la agencia española del medicamento, la AEMPS, sea cual sea el contenido de THC.

Lo que puede venderse legalmente es más limitado de lo que sugieren muchas tiendas. El CBD no es un nuevo alimento autorizado en la UE, por lo que el CBD destinado a comerse o beberse no puede comercializarse legalmente como alimento. Las instrucciones de las autoridades competentes tampoco consideran permitido, por ahora, el uso cosmético del CBD obtenido de la flor.

La flor de CBD para fumar es la categoría más discutida de todas. La jurisprudencia está dividida: algunos tribunales absuelven apoyándose en la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en el asunto Kanavape (C-663/18, 19 de noviembre de 2020), mientras que el Tribunal Supremo confirmó una condena en diciembre de 2022 al considerar que las sumidades floridas son droga a falta de autorización de la AEMPS. Las inspecciones, las incautaciones y los cierres de tiendas continúan y varían de una región a otra, incluso cuando los productos contienen poco THC o ninguno.

Los aceites de CBD, las cremas y otros productos no destinados a fumarse se cuestionan con mucha menos frecuencia.

Dos cambios recientes que conviene conocer

Cannabis medicinal. El Real Decreto 903/2025, de 7 de octubre de 2025, en vigor desde el 10 de octubre de 2025, creó el primer marco español de cannabis medicinal. Los preparados normalizados solo los prescriben especialistas hospitalarios y solo se dispensan a través de las farmacias hospitalarias, para una lista cerrada de indicaciones como la espasticidad de la esclerosis múltiple, la epilepsia refractaria, las náuseas inducidas por quimioterapia y el dolor crónico refractario. La flor para vaporizar queda excluida.

Vehículos privados. La Instrucción 7/2025 de la Secretaría de Estado de Seguridad (mayo de 2025) ordena a la policía no sancionar el consumo o la posesión dentro de un vehículo privado estacionado en la vía pública, por entender que no es un «lugar público» a efectos del artículo 36.16.

Léelo con atención antes de actuar en consecuencia: la legislación sobre cannabis y CBD cambia con regularidad en toda Europa y su aplicación puede variar según la región aunque la ley escrita no cambie. Este artículo refleja la situación legal en el momento de su redacción. Antes de pedir productos, viajar con ellos o tomar cualquier decisión basada en esta información, comprueba tú mismo la situación actual a través de una fuente oficial, el boletín oficial del Estado, el ministerio correspondiente o un abogado local colegiado, en lugar de fiarte únicamente de esta página o de cualquier otro sitio web. Este artículo explica el contexto legal; no sustituye al asesoramiento jurídico individual.

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Fuentes